NOTA INTRODUCTORIA.
Hacemos saber a las autoridades de control, que por razón de su investidura, son competentes y pertinentes para vigilar los procesos enmarcados en el presente texto de manual de convivencia, (artículo 417º del Código Penal) funcionarios tanto de carácter administrativo, como civiles, educativos, jurídico - legales y penales u otras, que el presente manual de convivencia, se rige, se encuentra en armonía y encuentra su soporte en el artículo 01ºSuperior, toda vez que para nuestra Institución Educativa, su rector(a) y su consejo directivo así como la comunidad en pleno brindan acato estricto a que: ―la constitución es norma de normas y ley de leyes y que según aduce la Constitución Nacional en su artículo 01º,prevalece en toda instancia el interés general y de la comunidad, por encima del interés particular, en un estado social de derecho. Por ello, presentamos en contexto jurisprudencial de manera detallada y específica, cada una de las instancias, Debido Proceso, conducto regular, y P.E.I. Educativo, así como el soporte Jurídico pertinente, como lo representan las normas, sentencias de la Corte Constitucional, y demás normativa jurídico – legal, con el fin de brindar respuesta al obligatorio cumplimiento del debido proceso (artículo 29º Superior y artículo 26º de ley 1098 de 2006 de infancia y adolescencia), se hace esta claridad específica y concreta, para informar y solicitar a las autoridades e instancias educativas, civiles, disciplinarias, jurídico - legales, penales y administrativas, que se abstengan de fallar o realizar pronunciamientos referente o frente al contenido del presente manual de convivencia, donde se pueda llegar a obraren presunto prevaricato por acción y/o por omisión al ejecutar y direccionar fallos donde se prioricen los derechos de un particular, menoscabando y vulnerando los derechos de la comunidad educativa en pleno y así incurriendo en un hecho INCONSTITUCIONAL, donde se le brinden mayores garantías y derechos supravalorados a un particular, violando y vulnerando los derechos de la comunidad en general y así, desconociendo y vulnerando también, el artículo 01º de la Constitución Nacional.
Por lo anterior, rogamos a las instancias pertinentes, abstenerse de fallar sobre cualesquier caso, vulnerando a nuestra comunidad educativa en general, para así favorecer a un particular; en todos los casos donde se debe o se procede deliberar entre los derechos de un infractor al que se le sigue un debido proceso, y el derecho constitucional que prevalece en el artículo 01º Superior, que consiste, en proteger a la comunidad en general de las actuaciones de tal infractor, que a expensas de la aplicación e invocación de sus derechos, vulnera, agrede, viola y transgrede los derechos de la comunidad educativa reiteradamente. Del mismo modo, rogamos a las instancias pertinentes, leer primero con interés y claridad la normativa legal, jurídica y penal vigente, consagrada en el presente manual de convivencia escolar, como herramienta de juicio y criterio en sus pertinentes deliberaciones, por lo cual los artículos de ley de infancia y adolescencia 1098 de 2006, la ley 1146º de 2007,Ley 124º de 1994, Ley 115º de 2004, Decreto Reglamentario 1860º de 2004, Ley 1335º de 2009, Ley Antitabaco, Decreto 860º de 2010,Decreto 120º de 2010, Ley 1620 de 2013, Decreto Reglamentario 1965ºde 2013, Sentencias de La Corte Constitucional que dirimen el Debido Proceso, Ruta de Atención del Matoneo o Acoso Escolar y demás articulados de protección a la infancia, parágrafos y notas especiales, que reposan en el presente texto, en su especial contexto y orden jurisprudencial de carácter específico que se requiere para brindar culto al debido proceso. Teniendo en cuenta, que el padre de familia, ha suscrito con su firma, la aceptación del presente manual y su contenido y, ha renunciado a demandar o instaurar acción similar, en contra del presente texto y sus directrices, las cuales ha leído y suscribe con su firma, en señal de acato en su integridad, al igual que el alumno o . (Ver última página).
Nota suministrada, avalada y respaldada por el Consejo Directivo de la institución Educativa San Mateo.
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Firma Rector Firma Secretaria.
Firma xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Firma xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Por lo anterior, rogamos a las instancias pertinentes, abstenerse de fallar sobre cualesquier caso, vulnerando a nuestra comunidad educativa en general, para así favorecer a un particular; en todos los casos donde se debe o se procede deliberar entre los derechos de un infractor al que se le sigue un debido proceso, y el derecho constitucional que prevalece en el artículo 01º Superior, que consiste, en proteger a la comunidad en general de las actuaciones de tal infractor, que a expensas de la aplicación e invocación de sus derechos, vulnera, agrede, viola y transgrede los derechos de la comunidad educativa reiteradamente. Del mismo modo, rogamos a las instancias pertinentes, leer primero con interés y claridad la normativa legal, jurídica y penal vigente, consagrada en el presente manual de convivencia escolar, como herramienta de juicio y criterio en sus pertinentes deliberaciones, por lo cual los artículos de ley de infancia y adolescencia 1098 de 2006, la ley 1146º de 2007,Ley 124º de 1994, Ley 115º de 2004, Decreto Reglamentario 1860º de 2004, Ley 1335º de 2009, Ley Antitabaco, Decreto 860º de 2010,Decreto 120º de 2010, Ley 1620 de 2013, Decreto Reglamentario 1965ºde 2013, Sentencias de La Corte Constitucional que dirimen el Debido Proceso, Ruta de Atención del Matoneo o Acoso Escolar y demás articulados de protección a la infancia, parágrafos y notas especiales, que reposan en el presente texto, en su especial contexto y orden jurisprudencial de carácter específico que se requiere para brindar culto al debido proceso. Teniendo en cuenta, que el padre de familia, ha suscrito con su firma, la aceptación del presente manual y su contenido y, ha renunciado a demandar o instaurar acción similar, en contra del presente texto y sus directrices, las cuales ha leído y suscribe con su firma, en señal de acato en su integridad, al igual que el alumno o . (Ver última página).
Nota suministrada, avalada y respaldada por el Consejo Directivo de la institución Educativa San Mateo.
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Firma Rector Firma Secretaria.
Firma xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Firma xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx