RESOLUCIÓN RECTORAL
Por la cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar, para el año de 2016. El Rector, como Representante Legal de la Comunidad Educativa y el Consejo Directivo como instancia superior de la “Institución Educativa San Mateo, en uso de sus atribuciones
Legales y;
CONSIDERANDO:
Legales y;
CONSIDERANDO:
1. Que es deber de la Comunidad Educativa dar cumplimiento y aplicación a la ley de manera inexcusable y estricta en lo referente a las normas, leyes, decretos y los Derechos del Universales del Niño, los acuerdos Internacionales de protección de la Infancia, Las Leyes de la Constitución de 1991, tener en cuenta las disposiciones de la Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 Ley de Infancia y la adolescencia, La Ley 115 del 8 de febrero de 1994, Ley 87/93, Ley 734/02, Ley 1278/02,Decreto 1883/02, Decreto 3011/97, Decreto 1860 de 1994, Ley 715 de2002, Decreto 1850 de 2002, Decreto 3020 de 2003, Decreto 3055 de 2002, Ley No 1014 del 26 de enero de 2006 de fomento a la cultura del emprendimiento y demás reglamentaciones vigentes. Código del Menor, Artículos 320 a 325 y decreto 1290 del 16 de abril de 2009, Ley 1620º de2013 y su Decreto Reglamentario 1965º de 2013.
2. Que se debe dotar a la Institución Educativa San Mateo, de un Instrumento legal que contemple los criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a sus semejantes y al bien ajeno, responsabilidad e identidad de los principios de la disciplina y en pertinencia a la filosofía de la Institución, el acato a las disposiciones del Plantel y a la vez se fijen estímulos para una formación Integral, respetando los derechos y promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Dando estricto cumplimiento a la ley 1098 de infancia y adolescencia en su artículo 18, 19 y también a los artículos 41, 42, 43, y 44 principalmente.
3. Que tanto los educandos, como Padres de Familia y Docentes deben tomar conciencia de su responsabilidad de contribuir al desarrollo eficaz de los objetivos de nuestra Institución en pro de la comunidad y por ende deben comprometerse de manera irrenunciable e inexcusable en el proceso educativo. Que es necesario reconocer los derechos y deberes que le corresponden a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, para velar por el Obligatorio cumplimiento de éstos. Dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia y a los Artículos mencionados en el numeral 2 y dando cumplimiento al artículo 25 del código penal de 2000, -Ley 599-.
4. Que la Institución debe procurar el bienestar y formación de los educandos y velar por su vida, Integridad, su dignidad, su sano desarrollo y su ejemplar comportamiento en comunidad, además del cumplimiento en el área educativa y de su integral formación en las áreas Tecnológica, cognitiva y científica, su pleno desarrollo en el área tanto física, como Psicológica, emocional, social y moral, fijando normas que así lo garanticen. Dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia y adolescencia en sus artículos 41, 42, 43 Y 44.
5. Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos educativos, el carácter y formación en disciplina y respeto, dignidad y liderazgo, y el ejemplo moral y fundamental que espera la sociedad actual, los principios antropológicos-psicológicos, epistemológicos, sociales, democráticos y axiológicos del P.E.I. (Proyecto Educativo Institucional). Dando cumplimiento al Decreto 1860 de 1994.
6. Que se deben precisar los mecanismos de participación democrática. Dando así estricto cumplimiento a los Artículos 31 y 32 de la ley 1098 de infancia y adolescencia. Que el Consejo Directivo, como órgano de representación de los estamentos de La Comunidad educativa, (Rector(a), Los educandos, Ex alumnos, Padres de Familia, Docentes y Sector Productivo, conforman la instancia superior del Gobierno Escolar en la Institución, que solo es superado según lo establece la Ley 115 de 1994, en instancia, por la ASAMBLEA DE PADRES en pleno.
7. Que el Contenido del presente Manual de Convivencia, es fruto de la concertación democrática y planteamientos formulados por representantes de toda la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, Estudiantes, Padres de Familia, Personal Administrativo, de Servicios Generales y Comunidad educativa y aprobado en Consejo Directivo según acta No. 005 De octubre de 2013.
RESUELVE:
PRIMERO: Derogar, todos los anteriores Manuales de Convivencia.
SEGUNDO: Adoptar el presente Reglamento y/o Manual de Convivencia en donde aparecen los criterios que rigen la Comunidad Educativa del “Institución Educativa San Mateo”.
TERCERO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia será revisado anualmente para efectuar los ajustes necesarios, adiciones o reformas, y demás cambios, prudencialmente, de ser considerado pertinente en acato y obediencia a la jurisprudencia legal vigente.
CUARTO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia entra en vigencia a partir del mes de septiembre del año 2013.
Publíquese y cúmplase.
Ricardo Esteban Morris Pineda
Rector I.E. San Mateo.
2. Que se debe dotar a la Institución Educativa San Mateo, de un Instrumento legal que contemple los criterios de convivencia, principios de dignidad, respeto a sus semejantes y al bien ajeno, responsabilidad e identidad de los principios de la disciplina y en pertinencia a la filosofía de la Institución, el acato a las disposiciones del Plantel y a la vez se fijen estímulos para una formación Integral, respetando los derechos y promoviendo los deberes para una sana convivencia integral. Dando estricto cumplimiento a la ley 1098 de infancia y adolescencia en su artículo 18, 19 y también a los artículos 41, 42, 43, y 44 principalmente.
3. Que tanto los educandos, como Padres de Familia y Docentes deben tomar conciencia de su responsabilidad de contribuir al desarrollo eficaz de los objetivos de nuestra Institución en pro de la comunidad y por ende deben comprometerse de manera irrenunciable e inexcusable en el proceso educativo. Que es necesario reconocer los derechos y deberes que le corresponden a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad educativa, para velar por el Obligatorio cumplimiento de éstos. Dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia y a los Artículos mencionados en el numeral 2 y dando cumplimiento al artículo 25 del código penal de 2000, -Ley 599-.
4. Que la Institución debe procurar el bienestar y formación de los educandos y velar por su vida, Integridad, su dignidad, su sano desarrollo y su ejemplar comportamiento en comunidad, además del cumplimiento en el área educativa y de su integral formación en las áreas Tecnológica, cognitiva y científica, su pleno desarrollo en el área tanto física, como Psicológica, emocional, social y moral, fijando normas que así lo garanticen. Dando cumplimiento a la ley 1098 de infancia y adolescencia en sus artículos 41, 42, 43 Y 44.
5. Que se debe buscar el cumplimiento de los fines y objetivos educativos, el carácter y formación en disciplina y respeto, dignidad y liderazgo, y el ejemplo moral y fundamental que espera la sociedad actual, los principios antropológicos-psicológicos, epistemológicos, sociales, democráticos y axiológicos del P.E.I. (Proyecto Educativo Institucional). Dando cumplimiento al Decreto 1860 de 1994.
6. Que se deben precisar los mecanismos de participación democrática. Dando así estricto cumplimiento a los Artículos 31 y 32 de la ley 1098 de infancia y adolescencia. Que el Consejo Directivo, como órgano de representación de los estamentos de La Comunidad educativa, (Rector(a), Los educandos, Ex alumnos, Padres de Familia, Docentes y Sector Productivo, conforman la instancia superior del Gobierno Escolar en la Institución, que solo es superado según lo establece la Ley 115 de 1994, en instancia, por la ASAMBLEA DE PADRES en pleno.
7. Que el Contenido del presente Manual de Convivencia, es fruto de la concertación democrática y planteamientos formulados por representantes de toda la Comunidad Educativa: Directivos, Docentes, Estudiantes, Padres de Familia, Personal Administrativo, de Servicios Generales y Comunidad educativa y aprobado en Consejo Directivo según acta No. 005 De octubre de 2013.
RESUELVE:
PRIMERO: Derogar, todos los anteriores Manuales de Convivencia.
SEGUNDO: Adoptar el presente Reglamento y/o Manual de Convivencia en donde aparecen los criterios que rigen la Comunidad Educativa del “Institución Educativa San Mateo”.
TERCERO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia será revisado anualmente para efectuar los ajustes necesarios, adiciones o reformas, y demás cambios, prudencialmente, de ser considerado pertinente en acato y obediencia a la jurisprudencia legal vigente.
CUARTO: Este Reglamento y/o Manual de Convivencia entra en vigencia a partir del mes de septiembre del año 2013.
Publíquese y cúmplase.
Ricardo Esteban Morris Pineda
Rector I.E. San Mateo.